Parte de vuestra labor consiste en detectar y atajar las vulneraciones de los derechos de propiedad intelectual. ¿Hemos de creernos que, por mucho que las leyes sean difusas porque en su concepción aún no existía la IA, un sistema diseñado para la minería masiva de obras sin permiso, acreditación ni compensación para los creadores y con graves problemas de trazabilidad de los materiales originales no está vulnerando la propiedad intelectual de traducteres y auteres? Las instituciones deben comprender que, si no exigen ya de forma contundente que se aplique la legislación vigente en materia de propiedad intelectual y de privacidad de datos, ni regulan el uso de las inteligencias artificiales, no están haciendo patente un compromiso real con las profesiones creativas y la autoría.